17 de octubre de 2006

Censuran programas del PRD

Federico Chilián Orduña

Vicente Fox Quesada y Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, no conformes con haberles robado la elección a la mayoría de los mexicanos que votaron por Andrés Manuel López Obrador, resolvieron la semana pasada, aunque muy poca difusión se le ha dado, impedir que se trasmitan por televisión los programas elaborados por el Partido de la Revolución Democrática, denominados “Medidas de Resistencia Civil” y “Convención Nacional Democrática”, en la que el partido hace patente su postura respecto a las elecciones del 2 de julio.
De esta manera, señala el experto en Derecho a la Información, Ernesto Villanueva, la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, de la Secretaría de Gobernación, que fue la instancia encargada de aplicar el acuerdo de los presidentes saliente y entrante, violó flagrantemente por lo menos tres ordenamientos legales.
El primero, consignado en los artículos 41 al 47 del Código Federal de Instituciones y Procesos Electorales, que establecen las prerrogativas de los partidos políticos, una de las cuales es tener acceso de manera permanente a la radio y la televisión, lo cual le fue impedido al PRD, sin ninguna argumentación de parte de los funcionarios de Gobernación, cuyo titular es Monseñor José María Abascal y Salmerón.
El segundo, es el que establece el artículo 7° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según el cual “Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura…”, lo cual el señor Eduardo Garzón, director de la RTC, pisoteó con el argumento pueril de que la difusión de tales programas “lesiona derechos de terceros, atenta contra el orden y el interés público y denostan (debió decir: denuestan, toda vez que el verbo denostar se conjuga como contar) a las instituciones”. Así que el señor Garzón establece una previa censura, y con ello justifica su negativa a que se trasmitan tales programas.
El tercero, tiene que ver con la atribución de facultades que no le corresponden al tal Garzón, incurre en violación de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Funcionarios Públicos, por lo cual hasta el momento ninguna autoridad ha hecho ningún señalamiento.
Al respecto, el Dr. Ernesto Villanueva (evillanueva99ahoo.com), concluye que Garzón debe ser sancionado conforme a la Ley, y los programas del PRD deben ser trasmitidos sin ningún corte. Si, tras de la difusión algún “tercero” se considera afectado en sus intereses, para eso existen las leyes, y podrá defenderse conforme a las mismas.